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Prat Espais. Empresa Municipal de vivienda y aparcamiento del Prat de Llobregat

Prat Espais, SLU
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Sorteo de los pisos de la promoción de viviendas Prat Sud Remolar

28/04/2006 | Ámbito: Vivienda

La Comisión de Adjudicación aprobó las listas definitivas de solicitantes admitidos y excluidos para optar a una de las 143 viviendas de protección oficial en compra que la empresa Rehabilitació i Arquitectura, SA promueve en el Prat Sud Remolar.

Viviendas de propiedad en Prat Sud Remolar

Finalizada
Finalizada

Régimen: Propiedad

Número de viviendas: 143

Observaciones: 2, 3 y 4 dormitorios. Superficie útil entre 65 y 108 m2. Plaza de aparcamiento, y en algunos casos trastero.

El 4 de mayo, a partir de las 16:30 h, se realizará en el CEM Julio Méndez el sorteo para adjudicarlas.

El acto contará con la presencia de un notario que dará fe del proceso, y será realizado por una empresa altamente especializada que realiza los sorteos, entre otros, de la Cruz Roja y la ONCE.

Han sido convocadas, por escrito, todas las personas incluidas en las listas definitivas de admitidos. En la notificación se les ha indicado el número con el que participarán en el sorteo, que no es el mismo que el número de la solicitud.

El sorteo se hará con bombos, de los que se extraerán, de forma aleatoria, bolas con un número impreso. La suerte decidirá las personas adjudicatarias de los pisos y aquellas que pasarán a la lista de espera.

La asistencia al sorteo no es obligatoria y la incomparecencia no comporta penalización alguna.

El 8 de mayo se expondrán las listas definitivas, tanto de las personas beneficiarias, como de las que se encuentran en lista de espera. La publicación de las listas se hará en nuestras oficinas (c. de la Carretera de la Bunyola, 49) y en nuestra página web, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento del Prat y en las oficinas de la Cámara de la Propiedad Urbana de Barcelona.

Posteriormente, los adjudicatarios serán convocados, por orden de lista, para que escojan su vivienda.

Motivos de exclusión

  • 1. Llevar menos de cuatro años empadronado en el Prat.
  • 2. No llegar a los ingresos mínimos establecidos.
  • 3. Superar los ingresos máximos establecidos.
  • 4. Tener una vivienda en propiedad.
  • 5. Presentar la solicitud fuera de plazo.
  • 7. Falta de documentación.
  • 8. Renuncia.