Ayudas de la Generalitat al pago del alquiler 2013

Lun, 27/05/2013 al Mar, 02/07/2013

¿Qué objeto tienen y cómo se valoran?

La Generalitat de Cataluña ha abierto una nueva convocatoria de ayudas con el objeto de ayudar a pagar el alquiler a arrendatarios con dificultades durante el año 2013. Las necesidades de los solicitantes se valoran y priorizan de acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria y la normativa correspondiente.

¿Con qué cuantía?

La cuantía de la prestación tiene en cuenta la cantidad que se paga de alquiler y los ingresos de la unidad de convivencia y oscila entre los 20 y 200 euros mensuales.

¿Qué requisitos deben cumplirse para pedirlas?

Para poder ser perceptores de estas ayudas, es necesario cumplir los siguientes requisitos:

  • Acreditar la residencia legal en Cataluña durante cinco años.
  • Los ingresos de la unidad de convivencia durante 2011 no pueden superar las 1,5 veces el IRSC (1 miembro: 15.935,46 €; 2 miembros: 16.428,31 €; 3 miembros: 17.134,90 €; 4 miembros: 17.195,92 €).
  • Ser titular de un contrato de alquiler que sea su domicilio habitual y permanente.
  • No pagar un alquiler mensual superior a 600€/mes, si la vivienda se encuentra en el Prat.
  • Pagar el alquiler a través de transferencia bancaria o recibo domiciliado.
  • Tener domiciliado el cobro de la prestación y el pago del alquiler en entidades financieras que han firmado convenio con la Generalitat (CaixaBank, Banc Sabadell y BMN).

Otras circunstancias específicas a tener en cuenta para esta convocatoria:

  • En contratos firmados a partir del 1 de enero de 2013, estos tienen que estar registrados y con la fianza depositada en el Incasol.
  • Si la casilla base de ahorro de la declaración del impuesto sobre las personas físicas –Declaración de la Renta- (465) supera los 1.500€, no podrán pedir la ayuda.
  • Son incompatibles con la Renta Básica de Emancipación (RBE)

¿Qué plazo tengo para presentar las solicitudes?

Los plazos de presentación de las solicitudes son los siguientes:

  • Desde el 25 de mayo hasta el 1 de julio de 2013 incluido.
  • Desde el 25 de mayo hasta el 30 de octubre de 2013 incluido, para los contratos firmados durante 2013 a través de la Bolsa de Alquiler (Prat Espais).

En Prat Espais os facilitarán la solicitud y demás documentos que ha de llenar, y le informarán sobre cualquier duda que tenga al respecto.

¿Dónde puedo presentar les solicitudes?

Las solicitudes y la documentación complementaria se presentan en Prat Espais (Ctra. De la Bunyola, 49)

Más información

Podéis encontrar más información y acceder a los impresos de solicitud sobre estas ayudas en la web de la Generalitat, www.gencat.cat/habitatge y en www.pratespais.com.