Nueva convocatoria de ayudas al alquiler para MAYORES DE 65 AÑOS
30/03/2026
Ayudas de alquiler de la Agencia de la Vivienda de Cataluña para MAYORES DE 65 AÑOS
Concesión en régimen de concurrencia pública competitiva, de las subvenciones para el pago del alquiler para personas mayores de 65 años a 31/01/2026
A personas que sean titulares de un contrato de alquiler o cesión de uso que constituya su domicilio habitual y permanente en el territorio de Cataluña y cumplan cono los requisitos de las convocatorias.
Requisitos
- Tener la residencia legal en Cataluña
- Tener una edad de más de 65 años a 31/01/2026.
- Que la unidad de convivencia tenga una fuente regular de ingresos para poder pagar el alquiler y que no sobrepasen los 25.200 €
- Ser titular de un contrato de alquiler o cesión de uso de la vivienda o habitación que sea su domicilio habitual y permanente. Se necesario estar empadronado.
- No pagar un alquiler o precio de cesión mensual por la vivienda o habitación superior a los importes que marque la correspondiente convocatoria. 950 € por alquiler y 450 € por habitación. Para familias numerosas, familias monoparentales y para unidades de convivencia con algún miembro con discapacidad legalmente reconocida y baremo movilidad favorable, este importe máximo será de 900 euros en todo el territorio de Cataluña, con la excepción de Ámbito Metropolitano de Barcelona (Baix Llobregat, Barcelonés, Garraf, Maresme, Vallès Occidental) que será de 1.100 euros.
- Tener domiciliado el cobro de la subvención en una entidad financiera.
- Estar al corriente de pago de las rentas en el momento de presentar la solicitud.
- Pagar el alquiler o precio de cesión mediante transferencia bancaria, recibo domiciliado, ingreso en cuenta, Bizum o recibo emitido por la persona administradora de la finca, en el momento de presentación de la solicitud
Cumplir con las obligaciones tributarias ante el Estado, la Generalitat y las obligaciones con la Seguridad Social. (Se comprobará de oficio antes de la propuesta de la resolución)
¿Cuándo se puede solicitar? Del 31 de marzo al 30 de abril
¿Qué coste tiene? No hay tasas asociadas al trámite
Formas de tramitación:
Tramitación presencial: en Prat Espais, se atenderá preferiblemente con cita previa.
Tramitación telemática: en la web de la Agencia de la Vivienda de Cataluña