Se abre la convocatoria para la concesión de subvenciones para actuaciones de adecuación y obtención de habitabilidad de viviendas

El Consorci Metropolità de l’Habitatge abre la convocatoria para la concesión de estas subvenciones destinadas a propietarios, inquilinos y ayuntamientos que dispongan de viviendas cedidas en la Bolsa Local de alquiler.
Lun, 21/01/2019

Se abre la convocatoria para la concesión de subvenciones para actuaciones de adecuación y obtención de habitabilidad de viviendas

El Consorci Metropolità de l’Habitatge abre la convocatoria para la concesión de estas subvenciones destinadas a propietarios, inquilinos y ayuntamientos que dispongan de viviendas cedidas en la Bolsa Local de alquiler. La convocatoria tiene una dotación presupuestaria de 1.300.505,35 €.

OBJETO:

Las actuaciones subvencionables son:

- Actuaciones destinadas a que la vivienda obtenga las condiciones mínimas de habitabilidad legalmente exigidas.

- Actuaciones para la adaptación a la normativa vigente o aplicable de las instalaciones individuales de la vivienda, red de agua, red eléctrica, red de gas canalizado, telecomunicaciones o saneamiento. Se considera subvencionable la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos.

- Actuaciones destinadas a la mejora de la sostenibilidad energética como la mejora del aislamiento, cambios de cierres (ventanas, puertas de salida a balcones etc ...), iluminación LED y otros.

- Actuaciones puntuales que mejoren la accesibilidad y movilidad interior, así como la adaptación total o parcial (instalación elevadores, sustitución bañera por plato de ducha, ensanchamiento de puertas, habitaciones, cocina ...)

REQUISITOS:

1. Podrán acogerse a esta convocatoria:

- Los edificios construidos antes de 1996.

- La vivienda debe ser de titularidad privada y deben constituir el domicilio habitual y permanente de propietarios o arrendatarios.

- Viviendas vacías siempre que se incorporen a la bolsa de alquiler municipal

- Excluidas las obras ya iniciadas antes de formalizar la solicitud de ayudas.

- Quedan excluidas: las actuaciones de vaciado estructural o de fachada, aumento de volumen, ampliaciones o subdivisiones de edificios, así como las definidas como de gran rehabilitación (ley 18/2007).

PLAZOS:

Paso 1: el plazo de presentación de las solicitudes de informe de idoneidad, previo a la solicitud de la ayuda, se abre el 21 de enero de 2019 y se cierra el 31 de octubre de 2019.

Paso 2: el plazo de presentación de las solicitudes de ayudas se abre el 21 de enero de 2019 y se cierra el 31 de diciembre de 2019.

IMPORTANTE: se podrá cerrar la admisión de solicitudes en una fecha anterior si se agota la dotación presupuestaria.

Los impresos de solicitud estarán disponibles en la web del consorcio y en las oficinas prado espacios a partir del 21 de enero de 2019.

 

CUANTÍA: la cantidad máxima de la subvención no podrá superar el 40% del presupuesto total de la actuación subvencionable, ni el importe de 3.000 euros por vivienda a menos que la vivienda se incorpore a la Bolsa de Alquiler, en este caso , el importe máximo será de 6.000 €.

 

Podrá encontrar toda la información sobre las bases reguladoras, la convocatoria completa y la documentación a aportar en el siguiente link:

http://www.cmh.cat/es/web/cmh/ajuts/programes/programa-habitabilitat-2018