A partir del día 20 de septiembre se abre la convocatoria local de ayudas al alquiler

Este año también para jóvenes menores de 36 años
Lun, 18/09/2023

Solicia la ayuda al alquiler únicamente si te encuentras empadronado en El Prat de Llobregat y en una de las siguientes situaciones: 

  • Situación a)

Si solicitaste las ayudas para el pago del alquiler de la convocatoria anual de la Agència de l’Habitatge de Catalunya del año 2022, con resolución desfavorables por falta de presupuesto. 

  • Situación b)

Si eres titular de un contrato de alquiler de vivienda formalizado durante el año de la convocatoria dentro del ámbito de la Bolsa de mediación para el alquiler social, con ingresos de la unitad de convivència inferiores a 3 veces IRSC ponderado.  

  • Situación c)

Si eres menor de 36 años en el momento de solicitar la subvención y has formalizado un contrato de alquiler de una vivienda o habitación en los últimos 12 meses, con ingresos de la unidad de convivencia inferores a 3 veces IRSC ponderado.  

PASO 1 - INFÓRMATE

Para poder solicitar la ayuda se deben cumplir unos requisitos mínimos: 

  • Vivir en el Prat y ser titular de un contrato de alquiler.
  • No pagar más de 900 €/mensuales
  • Que los ingressos del hogar no superen los 25.815,45 € netos/anuales.

El importe de la ayuda concedida oscila entre los 20 €  y los 250 €/mensuales, dependiendo del colectivo al que te puedes acoger. 

PASO 2 – ¿QUE NECESITAS?

En primer lugar tendrás que descargar unos formularios o bien recogerlos en las oficinas de PRAT ESPAIS (cita prèvia).

Es necesario que reunas una serie de documentación para realizar el paso 3 ⬇:

  • DNI de los miembros del hogar
  • Certificado de empadronamiento colectivo
  • Resolución de las ayudas MITMA de año 2022 (solo si te encuentras en la situació a)
  • Renta del año 2022 o bien certificado de imputaciones de 2022, si no hiciste la renta.
  • Contrato de alquiler
  • Recibos pagados en el año 2023, hasta la fecha de la presentación de la solicitud. 
  • Y otra documentación complementaria como: Certificado de minusvalia, carnet de familia monoparental, carnet de familia numerosa, sentencia divorcio…

PASO 3 – SOLICITA LA AYUDA

¿Cómo hacerlo? Una vez rellenados los formularios y reunida la documentación del PASO 2, hay dos maneras de tramitar la ayuda.  

¿Cuándo realizarlo?

  • A partir del dia 20 de septiembre y hasta el 20 de octubre, ambos incluidos si te encuentras en la situación a)
  • A partir del dia 20 de septiembre y hasta el 15 de diciembre, ambos incluidos si te encuentras en la situación b)
  • A partir del dia 20 de septiembre y hasta el 15 de noviembre, ambos incluidos si te encuentras en la situación c)

 

¿TIENES DUDAS? Te ayudamos a resolverlas en el 93.370.50.54 o bien enviando un mail a habitatge@pratespais.com.