Ayudas para el pago del alquiler y cuotas hipotecarias

Prestaciones económicas de Especial Urgencia para la Vivienda

Prestaciones económicas de especial urgencia para afrontar situaciones de emergencia en el ámbito de la vivienda y prevenir la exclusión social que supone o puede suponer la pérdida de la vivienda que constituye la residencia habitual y permanente.
 
Modalidades:
 
a) Prestación para el pago de la deuda de cuotas de amortización hipotecaria.
b) Prestación para el pago de la deuda de rentas del alquiler
c) Prestación para el pago de la deuda de rentas del alquiler derivado del impacto económico y social de la covid-19 desde la declaración del estado de alarma, el 14 de marzo de 2020.
d) Prestación para atender situaciones de pérdida de la vivienda
 
A quién va dirigido: A personas físicas residentes en Cataluña, con unos ingresos de la unidad de convivencia que no superen los límites establecidos y que se encuentren en riesgo de exclusión social residencial, por alguna de las modalidades mencionadas.
 
Requisitos generales: El importe de las cuotas de amortización del préstamo hipotecario o del alquiler que debe pagar la persona solicitante de la prestación no puede superar los 800 euros.
 
Cuantía máxima de la prestación: 4.500 €, excepto para las Prestaciones para atender situaciones de pérdida de la vivienda, donde el importe se establece en el 60% de la renta anual de la vivienda, con un límite máximo de 3.600 € anuales por vivienda
 
Mensualidades: máximo 12, aunque la cuantía no llegue a 4.500 €
 
¿Cuándo se puede solicitar? Este trámite se podrá solicitar en cualquier momento.
 
Formas de tramitación
  • Tramitación presencial: en las oficinas de Prat Espais. Para llevar a cabo el trámite sólo se atenderá con cita previa.